-Ley matrimonial homosexual
El matrimonio entre personas del mismo sexo en España es legal desde el 3 de julio de 2005. En 2004, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), dirigido por José Luis Rodríguez Zapatero, se presentó a las elecciones generales con un programa que incluía el compromiso de «posibilitar el matrimonio entre personas del mismo sexo y el ejercicio de cuantos derechos conlleva.»Tras el triunfo socialista en las elecciones y la formación del gobierno, y después de mucho debate, el día 30 de junio de 2005 se aprobó la ley que modificaba el código civil y permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo (y, como consecuencia de esto, otros derechos como la adopción conjunta, herencia y pensión). La ley fue publicada el 2 de julio de 2005, y el matrimonio entre personas del mismo sexo fue oficialmente legal en España el 3 de julio de 2005.
A pesar del apoyo del 66% de los españoles al matrimonio homosexual,
la tramitación de esta ley se vio acompañada de movilizaciones sociales
en contra, pero también a favor de la medida, que congregaron a miles
de personas de toda España. Mientras que los partidarios de la medida
estiman que la verdadera igualdad solo se consigue si se equiparan todas
las parejas en una misma figura jurídica, el matrimonio, sus oponentes opinan que el término "matrimonio" debería reservarse a la unión de un hombre y una mujer. La Iglesia católica se opuso a esta ley, considerándola un ataque a la institución del matrimonio. Otras asociaciones también expresaron su preocupación sobre la
posibilidad de que las personas homosexuales pudieran adoptar menores.Tras su aprobación, el Partido Popular presentó un recurso contra la ley en el Tribunal Constitucional
que se resolvió el 6 de noviembre de 2012, siete años después de su
tramitación, con 8 votos a favor de la constitucionalidad del matrimonio
homosexual y 3 en contra.
Unas 4.500 parejas del mismo sexo contrajeron matrimonio en España durante el primer año de vigencia de la ley. Poco después de que la ley fuera aprobada, surgieron dudas sobre la situación legal del matrimonio con personas de países que no permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo. Sobre esta cuestión, el Ministerio de Justicia
español determinó que la ley española permite que un español se case
con un extranjero —o que dos extranjeros que residan legalmente en
España se casen entre sí—, incluso cuando las leyes nacionales de esos
extranjeros no reconozcan los matrimonios entre personas del mismo sexo.
Opinión de Sheila:
Yo pienso que perfectamente dos personas del mismo sexo pueden casarse porque para mi no están cometiendo ningún delito y no hacen daño a nadie. Para mi un delito es que una persona mate a otra pero esto para mi no es nada malo por lo que son personas normales como las que estan casadas y son de distinto sexo.
Opinión Ana:
Yo pienso que dos personas del mismo sexo pueden estar perfectamente casadas porque si se quieren porque no pueden estar juntos. No es ningún delito fuera de la Iglesia católica porque ella opina que como el Señor no enseñó eso nunca, sólo se casaban gente de distinto sexo. Mi opinión es que no pasa nada, no es nada malo aunque la gente los mire mal y los critique.
-Adopción de niños por homosexuales
Los derechos del niño a nacer y vivir en una familia constituida por un
hombre y una mujer están sumamente amenazados. Así, la adopción y la
posibilidad de utilizar medios de asistencia médica en la procreación
(AMP) por personas del mismo sexo, al igual que en el matrimonio, han
llegado a ser reivindicaciones políticas. Éstas plantean serias
interrogantes que a menudo se han eludido en nombre de la igualdad de
derechos de todos los ciudadanos ante la ley. La reflexión es sustituida
por un sentimiento de compasión que se resume mediante la siguiente
afirmación: “Por cuanto personas del mismo sexo se aman, casémoslas y
facilitémosles el acceso a la filiación”. Es una formulación rápida y
sin pensar, ¿porque se puede tener certeza de que se trata de amor
cuando al parecer no se cumplen las condiciones? ¿Se debe legitimar de
este modo el deseo de un hijo en su dimensión más imaginaria,
desarticulada de la carne? El cuestionamiento va aún más lejos, puesto
que, en nombre de una visión discutible de la no discriminación, se da a
entender un sentido absoluto de los derechos, un sentido puramente
sentimental del matrimonio, de objeto incierto, y una concepción
instrumental de los hijos. Los derechos van acompañados de obligaciones y
especialmente en relación con los hijos.
Aquí no está en juego lo religioso, como algunos pretenden, sino lo
antropológico, en la medida en que la sociedad, pero también el
matrimonio y la filiación, sólo pueden apoyarse en un hecho objetivo: la
diferencia sexual. La teoría del género que inspira las leyes europeas
internacionales afirma que la sociedad ya no debe depender de la
diferencia sexual inscrita en el cuerpo, sino de la diferencia de
sexualidades, es decir, de orientaciones sexuales. Ahora bien, éstas
proceden de pulsiones parciales y son independientes de la identidad del
hombre y la mujer, ya que sólo hay dos identidades: de hombre y de
mujer. Una pulsión o —en el mismo orden de ideas— una preferencia sexual
no constituye una identidad. Creer esto constituye una visión
ideológica en contradicción con la condición humana. El hijo proviene de
la unión del hombre y la mujer, y de este hecho objetivo se desprende
la relación educativa.
El interés del niño es estar en las mismas condiciones de parentesco
que entre un padre y una madre. Ciertas encuestas sociológicas han
querido mostrar que los niños, al vivir en un ambiente homosexual, no
presentaban trastorno afectivo, social ni intelectual alguno; pero sus
parámetros están lejos de ser pertinentes y sus conclusiones sirven más
bien para justificar presuposiciones que para probar ese estado de
hecho. De estos trabajos se desprende una forma de idealismo cuando se
pretende que los niños no van a enfrentarse con problema alguno al vivir
con personas homosexuales. En otras palabras, quisieran hacernos creer
que la relación entre esas personas y los niños será neutra y sin
consecuencias notables. En realidad, en relación con otras situaciones,
observamos que los niños ya experimentan los efectos de inseguridad de
una pareja sin armonía, los efectos de ruptura de la unidad psíquica con
el divorcio y los efectos de una crisis de origen en la adopción. ¿Cómo
será la situación en un ambiente homosexual con efectos disonantes
entre la naturaleza de su origen y de la relación educativa, y cómo
denominar a esos dos adultos que se presentan como sus “padres”
encontrándose en realidad en un autoparentesco?
Es un “parentesco” autoproclamado por el sujeto a raíz de su deseo de
obtener un hijo forzando lo real. La ley civil siempre podrá inventar
una ficción jurídica de “parentesco”, lo cual en nada cambiará la verdad
de la realidad de la generación. La modificación del vocabulario es
igualmente extraña cuando el término “parentesco”, propio de los padres,
los abuelos y los colaterales, es reemplazado por el término
“parentalidad” para designar a todos los adultos que pueden sucederse en
la vida del niño desempeñando un rol parental. La transformación del
lenguaje es indicadora del deseo de modificar el sentido de la familia,
que ya no dependería de la relación y de una pareja estable constituida
por un hombre y una mujer. No todas las situaciones particulares deben
institucionalizarse y menos aún las que son contrarias a la procreación.
Querer ser padres como los demás es una ilusión igualitaria, puesto que
por encontrarse esas personas fuera del estado conyugal, no pueden
serlo en justicia. Está en juego el interés del niño. ¿Cómo no podrá
este último plantearse la interrogante sobre la legitimidad de esos
adultos del mismo sexo que están con él? ¿Qué estatuto tendrá para el
niño la sexualidad unisexual de dos adultos? ¿Cómo podrá él
representarse su propia concepción de manera coherente con la concepción
universal de la generación? Es engañoso permitir a los niños escuchar
que habría diversas formas de concebirlos fuera de una relación
constituida por un hombre y una mujer. El deseo de un hijo, muy loable
en la vida de un adulto, se presenta a veces en forma muy compleja en
una pareja o en la psicología de una mujer y también de un hombre, y aun
en mayor medida cuando no pueden concebir hijos en condiciones
normales. En las personas homosexuales, este deseo suele ser patético e
inquietante, pero, en justicia para el niño, no es pertinente. Una
visión igualitaria impide, especialmente en Europa, que los niños sean
adoptados y educados únicamente por una pareja constituida por un hombre
y una mujer. En nombre de la no discriminación basada en la orientación
sexual, se pretende, sin otros elementos de reflexión, que
independientemente de su situación, un hombre o una mujer estarían en
condiciones de adoptar un niño. Es una visión ideológica que no favorece
al niño. Olvidamos que las condiciones en las cuales el niño es
adoptado determinan su vida y el destino de su personalidad que se
manifiesta muchos años después de la infancia. Esto atañe también a la
representación que adopta una sociedad de la filiación.
Como psicoanalista, atiendo a personas homosexuales que se encuentran
en distintas situaciones, y con ellas estoy dispuesto a hacer un trabajo
sobre su vida psíquica con el fin de mejorar su existencia; pero como
ciudadano no puedo concebir que la sociedad, por mediación del
legislador, transmita el sentido de la generación situándolo fuera de la
diferencia sexual. Pueden existir diversas formas de sexualidad con
todos sus problemas psicológicos, antropológicos y morales; pero sólo
hay dos sexos y este dato del hombre y la mujer tiene ya un sentido en
sí mismo y para la generación que no correspondería modificar a merced
de las fantasías y las frustraciones de unos y otros. El derecho del
niño debe ser siempre prioritario en nuestra reflexión.
Las necesidades, el interés del niño y la coherencia del sentido de
filiación requieren más bien racionalidad que meras reivindicaciones
subjetivas. Sería por lo demás profundamente discriminatorio, injusto e
ilegítimo en relación con los derechos del niño privar a éste de la
alteridad sexual en su familia, constituida por un hombre y una mujer.
Todas las compensaciones sociales imaginables jamás podrán sustituir la
experiencia más allá de lo subjetivo que el niño podrá tener a partir de
la relación de su madre con su padre. El interés superior del niño se
sitúa en esta perspectiva y no en el envolvimiento afectivo de dos
personas del mismo sexo. La interrogante que se plantea no es saber si
esas personas serán generosas, leales y honestas con el niño, sino saber
en qué estructura relacional se encontrará. La sociedad actual tiene
más tendencia a privilegiar las aspiraciones afectivas de los adultos
sin discernimiento alguno que a definir la filiación a partir de las
necesidades y derechos del niño, que limitan con todo el narcisismo
invasor de los adultos.
En la perspectiva de la filosofía de la deconstrucción, actualmente se
está pasando por una etapa conceptual encaminada a no tener que seguir
hablando de orientaciones sexuales, afirmándose que la personalidad del
sujeto se construye en la no diferenciación sexual, dejándose así
abiertas todas las opciones posibles, mientras el deseo, calificado como
orientación sexual, no proviene de una opción sino de un determinismo
psíquico, que en muchos casos puede modificarse hacia la madurez de la
heterosexualidad. Por consiguiente, el debate ya no está orientado hacia
la diferencia sexual o las orientaciones sexuales (los deseos), sino
hacia el estado original de la sexualidad, que debería concebirse de
acuerdo con las categorías de la no diferenciación.
Estamos en una sociedad que cultiva lo infantil hasta el punto de hacer
creer que la finalidad de la sexualidad sería mantenerla en sus
comienzos: aquella de la economía de lo infantil basada en las pulsiones
parciales, lo imaginario, la captación violenta del otro y las intrigas
edípicas. En esta lógica de la no diferenciación primitiva, cada uno es
remitido a la supuesta opción de su orientación sexual, que constituirá
su identidad. La homosexualidad sería una alternativa de la
heterosexualidad, dependiendo la primera de una identificación parcial
basada en un conflicto psíquico y articulándose la otra precisamente de
acuerdo con la identidad masculina o femenina. El resto de las
reivindicaciones se desprende casi automáticamente en cuanto el
matrimonio y el niño deben ser materia de las necesidades subjetivas de
cada uno y ya no del sentido del bien común y del interés del niño. La
pretensión de igualdad de derechos en este ámbito desarrolla el
sentimiento de la supremacía de la satisfacción con un solo sexo
autosuficiente y hegemónico. El sujeto se encuentra así en la negativa
de la carencia, imaginando que todo es susceptible de consideración
hasta tomar posesión por todos los medios de un niño en detrimento de
aquello que le da fundamento y lo estructura objetivamente. Una
filiación estable jurídicamente en el marco de la monosexualidad es un
acto intrínsecamente perverso en el sentido que está al margen de una
relación auténtica compartida entre un hombre y una mujer. Únicamente la
unión de ambos es el porvenir de la humanidad.
El problema aquí planteado en cuanto al carácter pertinente del
matrimonio y la adopción por personas homosexuales no está vinculado con
la persona homosexual, que no debe ser puesta en tela de juicio —aun
cuando es preciso preguntarnos lo que es y lo que representa psicológica
y antropológicamente la homosexualidad—, sino con el hecho de querer
redefinir la pareja, la relación conyugal y la familia a partir de la
homosexualidad e imponer esto en la ley, lo cual es estructural y
éticamente antinómico y por tanto inauténtico. El legislador hace perder
toda credibilidad a la ley cuando inscribe en el código civil dos
principios contradictorios, uno de los cuales se basa en la diferencia
objetiva de la alteridad sexual y el otro depende de un deseo que no
representa fundamento alguno posible en el vínculo social. Es preciso
asimismo destacar que la homosexualidad, independientemente de su
origen, no es un derecho proclamado sin razón por la Carta europea en
nombre de la no discriminación, sino una peculiaridad que no puede ser
el origen de la pareja, el matrimonio o el parentesco. El lenguaje y la
ley civil pueden hacer trampas con las realidades de la vida, pero eso
en nada modifica las condiciones humanas permanentes, que en uno u otro
momento de la historia se recuerdan a la conciencia universal.
La confusión de principios en este aspecto sólo puede oscurecer y
fragilizar el marco propio de la sociedad, desestabilizando la pareja,
el matrimonio y la familia, que no están a libre disposición del
legislador y el poder político para que éstos cambien su naturaleza.
Éstos tienen la responsabilidad de crear leyes en coherencia con la
naturaleza altero sexual del matrimonio y la familia. Su transgresión
favorece una confusión en la diferencia de generaciones e insinúa la
endogamia de la misma con lo semejante, suscitando la inseguridad y
acentuando la violencia en las relaciones humanas. Basta observar en qué
condición moral se encuentran los países desarrollados cuando las
políticas pasan por alto la condición humana permanente.
El divorcio, al provocar el estallido de las familias debido a la fragilidad
de la pareja, es una fuente profunda de incertidumbre y pérdida de las
señales estructurantes. Son numerosos los niños provenientes de la
muerte del ser familiar que al llegar a adultos establecen su árbol
genealógico con el fin de situarse en la sucesión de los vínculos
carnales y reconocerse en la encarnación de su filiación. ¿Qué ocurrirá
con los niños provenientes de técnicas de asistencia para la procreación
y los niños adoptados en un contexto homosexual, que serán hijos e
hijas de nadie, es decir, de la desencarnación y la negación de la
diferencia sexual? ¿Cómo podrán encontrar la respuesta para sus
preguntas al estar insertos en el carácter unisexual de los adultos, que
no pueden simbolizar ni la alteridad sexual ni el parentesco? Aparecen
como hermanos o hermanas mayores sin sexo conyugal y sin ser capaces de
inscribirlos en la diferencia de los sexos y las generaciones. Juegan al
papá y la mamá como niños alienados en su complejo incestuoso. Sólo en
los cuentos de hadas y en la psicosis nacen los niños fuera de una
expresión sexual, asumiéndose de este modo todas las fantasías primarias
de la procreación en la psicología infantil.
El feminismo y las reivindicaciones homosexuales son la traducción de
la ideología de la desexualización del proceso generativo y de la
negación de la diferencia sexual: un rechazo del dato corporal a partir
del cual sobreviene la vida. El desprecio por el sexo carnal y por el
encuentro íntimo entre el hombre y la mujer dice mucho sobre el temor y
el rechazo que inspira el hecho de cerrarse en lo unisexual. Una
filiación inscrita fuera de los cuerpos sexuados de la alteridad
masculina y femenina es delirante. La visión ideológica del género
reemplaza el sexo por una sexualidad construida sólo socialmente.
Además, en nombre de la paridad y la igualdad, se considera que todo es
realizable, independientemente de la condición en la cual cada uno se
encuentre. Esta visión totalitaria de la igualdad es tanto más
perjudicial en la medida en que ya no se articula a partir del carácter
complementario de los sexos que regula y relativiza un solo sexo, con el
riesgo de tomarse como propia referencia, sino a partir del sentimiento
de omnipotencia de un sexo, que tendría todas las aptitudes. Dos
personas del mismo sexo carecen del poder de procreación entre ellas,
del carácter simbólico desarrollado como extensión de la generación y de
una verdadera relación educativa con aportes psicológicos
estructurantes por ser complementarios. Es extraño querer negar la
diferencia sexual en la pareja, el matrimonio, la filiación y el
parentesco y pretender imponerla donde no es necesaria, en diversos
sectores de la empresa y la vida social y política. Es igualmente
sintomático constatar que mientras más se niega la diferencia sexual, en
mayor medida el discurso social hace un elogio de la diversidad,
especialmente diversidades familiares que ya no estarían basadas en la
familia natural (pareja hombre/mujer, lazos de sangre), sino que también
corresponderían a los deseos de unos y otros y las situaciones en las
cuales están implicados. Las series de televisión exaltan todos estos
casos particulares sumamente minoritarios, pero sobre los cuales se
quisiera hacer referencias entre otros, si bien no es así como vive la
gente o espera realizarse. Hay una diferencia profunda entre la familia
natural y situaciones peculiares, es decir, accidentales. El matrimonio y
la familia se definen universalmente a partir de la alianza entre el
hombre y la mujer y no de acuerdo con casos particulares, que en su
mayoría no siempre son estructurantes para el sujeto ni para el vínculo
social. La sociedad debe apoyar a menudo estos casos particulares y
tiene razón al hacerlo, pero esto tiene un costo financiero, social y
simbólico importante. Los estudios muestran que el matrimonio es una
fuente de seguridad y expansión cuando los sujetos saben elaborar las
distintas etapas afectivas. Es también una fuente de enriquecimiento
económico para los cónyuges y la sociedad, mientras el divorcio
empobrece a la familia. Corresponde entonces a la ley proteger al niño
de tal manera que disponga de un padre y una madre.
No podemos limitarnos al sentido del lenguaje cuando se aplican a una
asociación monosexuada, es decir, homosexual, las mismas características
que a una unión constituida entre un hombre y una mujer. Hay una
diferencia cualitativa y de naturaleza en la cual están en juego al
mismo tiempo componentes psicológicos no comparables y un sentido ético
con una medida que no les es común. Así, la noción de pareja y la de
familia nada tienen que ver con estas dos realidades. Dos personas del
mismo sexo (que califico como dúo1) se encuentran en una monosexualidad
en la cual están ausentes la alteridad sexual y la pareja generadora. No
constituyen ni una pareja, ya que no hay alteridad ni
complementariedad, ni una familia, puesto que el niño no proviene de dos
personas del mismo sexo. No se concibe a otro con un igual. En otras
palabras, la expresión del amor implica la diferencia sexual para ser
fértil y fecunda en muchos aspectos, y el niño necesita proceder de un
hombre y una mujer para inscribirse en la sucesión de las generaciones y
la historia, y estar en su coherencia psicológica. Necesita encontrar
materiales psíquicos en ambos. Dos hombres o dos mujeres junto a un niño
lo privan de los datos estructurales de lo real, lo cual tendrá un
costo psíquico y social.
El discurso del ambiente, como lo destaqué en mi libro La diferencia
prohibida2, al apoyarse en la teoría del género, que minimiza el sentido
de la diferencia social en el vínculo social, produce discursos
irrealistas y delirantes, separando la procreación de la diferencia
sexual. Semejante segmentación de la sexualidad es y será fuente de
violencias cuyos efectos se constatan entre los más jóvenes. La
violencia que se desarrolla en los jóvenes es, entre otras cosas,
expresión de una carencia
del marco propio de la sociedad, que es desestabilizado por leyes
patógenas. En otras palabras, al crear leyes contrarias al bien común,
al sentido ético de la pareja y la familia y a las necesidades
psíquicas, el legislador produce enfermedad en el vínculo social y la
sociedad. Crea un sentimiento que niega realidades humanas
estructurantes y es fuente de inseguridad y desocialización. Por este
motivo, “la homoparentalidad”, por mucho que esta noción tenga un
sentido, es una mentira social, ya que el niño no se concibe ni se educa
a partir de un solo sexo. Esto es privarlo de una dimensión esencial de
lo real que no podrá compensar la presencia en su medio social de
personas del otro sexo. El niño sólo se desarrolla positivamente en la
doble identificación con su padre y su madre, quienes —es preciso
recordar— son un hombre y una mujer. Son los únicos que pueden
proporcionarle los materiales psíquicos y simbólicos que necesita para
desarrollarse.
En ningún caso, la no diferenciación sexual y la homosexualidad pueden
inspirar leyes en materia conyugal y familiar sin que a largo plazo
veamos desarrollarse confusiones de identidad y personalidades de
carácter psicótico, es decir, que carecen de sentido de la realidad y se
mantienen en posturas imaginarias. Una sociedad sin sentido de la
diferencia
sexual pierde el sentido de la alteridad, la verdad y la realidad de
las cosas. Se manifiesta en particularidades singulares que no
representan interés alguno para los fines de la sociedad y en nada
participan en el desarrollo de la personalidad. En la negación de la
diferencia sexual y en la complacencia de la inmadurez afectiva de la no
diferenciación sexual, las personas ya no pueden hacer las distinciones
elementales y la sociedad se disuelve relacionalmente. La visión
monosexual de sí mismo y su existencia inscrita en la ley es un
verdadero disolvente social, ya que no da testimonio de la alteridad
sexual, que por sí misma fundamenta el matrimonio y la generación. La
vida comienza con el encuentro de un hombre y una mujer. Su relación es
el símbolo de la apertura al otro, a la generación y a la vida, apertura
que la sociedad necesita para asegurar la convivencia y el respeto por
el bien común.
La igualdad de derechos ante la ley no significa que todas las
situaciones son equivalentes y las personas pueden beneficiarse de los
mismos derechos. Creemos de manera ilusoria que mientras más deseado es
un niño, en mayor medida eso es testimonio de posibilidades de
desarrollo para él. Debemos ciertamente prestar atención a la calidad
del deseo, pero también y sobre todo saber si el niño es reconocido por
sí mismo. A menudo, las interrogantes están ocultas detrás de una visión
sentimental, asegurándonos que será más “amado” por personas
homosexuales que lo “desean” que en una pareja que se desgarra en su
relación. No reside en eso el problema, sino más bien en saber en qué
estructura de relaciones será incorporado el niño. El niño no puede ser
concebido y adoptado en cualesquiera condiciones. En vez de instalarse
en la omnipotencia de los deseos, sería más humano, más auténtico y más
realista aceptar renunciar a ellos cuando no se cumple con las
exigencias en vez de tratar de forzar, incluso violar lo real.
La filiación no se define a partir de la infertilidad, la adopción y un
solo sexo. Es más bien la adopción lo que debe definirse a partir de
una pareja generadora constituida por un hombre y una mujer, que hace
legible el origen requerido por el niño para orientarse carnalmente.
Hasta ahora se tenía razón al exigir un criterio de sexualidad de los
solteros para adoptar a un niño con el fin de que sea educado por
personalidades y en un medio donde la alteridad sexual es íntimamente
integrada y aceptada. Sería preciso voCuando examinamos las motivaciones de las personas homosexuales que
desean un niño, pareciera que éste no se concibe como tal, sino que es
instrumentalizado para apoyar a los adultos. En un contexto unisexual,
el niño es más bien el referente social que sirve para validar el
reconocimiento de la homosexualidad. Se trata de un fenómeno de
mimetismo en que se aspira a ser como todo el mundo. Para un niño, es
bien difícil diferenciarse siendo presa de un juego de identificación
en un espejo sin apertura a la alteridad sexual, ya que ésta no existe
íntimamente para dos personas del mismo sexo. Corre riesgo de
desarrollar confusiones sobre su origen y su identidad, y sobre el
sentido de su filiación, desvirtuada con dos personas semejantes.
El niño integra de mejor manera el fenómeno edípico en una pareja
generadora mientras uno de los componentes de la homosexualidad está
vinculado, entre otros, con la negación de este complejo. La
personalidad se mantiene así en la economía de la sexualidad infantil.
El niño puede reconocerse de mejor manera en su identidad y en su lugar
diciéndose: “Soy una niña, soy un niño, y más tarde seré un hombre como
mi papá y una mujer como mi mamá”. Este discurso es difícilmente
sostenible con dos adultos del mismo sexo.
La unisexualidad de los adultos está dentro de un sistema de relación
sin alteridad, que mutila en el niño numerosas dimensiones de lo real.
La aceptación, por ejemplo, de la diferencia sexual es uno de los
primeros límites que el niño descubre a través de sus padres. Está
inscrita en el cuerpo. Si soy una niña, no puedo ser un niño y
viceversa. Someter a revisión el parentesco basado en la diferencia
sexual equivale a hacer creer al niño que sus deseos son ilimitados. El
reconocimiento por parte del niño de la diferencia sexual le permite
formar su inteligencia y tener acceso a la capacidad de hacer las
distinciones estructurales y conceptuales.
Será capaz de distinguir lo real de lo imaginario, la verdad de las
cosas, su coherencia y su lógica sin tener que hacer trampas con las
ideas, desvirtuar el juicio y manipular a los demás y las informaciones.
Esto tiene relación con la verdad de su filiación, por cuanto un sujeto
se organiza psicológicamente, entre otras cosas, a partir del sentido
de su filiación y de lo intergeneracional. En una relación monosexual,
el niño no dispone de un verdadero parentesco en sentido amplio: a
menudo será imaginario y sin arraigo localizable. “La homoparentalidad”
es una visión idealista del parentesco, que desencarna al niño.
Una inquietante constatación se impone al observar que el poder político
restringe cada vez más su acción, cuando no quiere legislar en el
sentido del interés general que está en juego, sino en el de las
costumbres, y esto en contradicción con la libertad de los ciudadanos,
con las estructuras fundadoras de la pareja, el matrimonio y la familia y
con los derechos y los intereses de los niños. De este modo el
legislador desestabiliza el marco propio de la sociedad instituyendo en
las leyes transgresiones mayores.
La sociedad se apoya en interdictos estructurantes, como la prohibición
del incesto o el homicidio, y el respeto por la diferencia de los sexos
y las generaciones. Ante estos interdictos que favorecen la vida, el
legislador expresa preceptos paradojales, ya que al mismo tiempo
recuerda el interdicto del homicidio y crea derogaciones específicas
para suprimir niños en gestación mediante el aborto, para hacer
experimentos con embriones y restablecer el eugenismo con el DPI
(diagnóstico preimplantatorio), con miras a suprimir los embriones con
riesgo de deformación hasta la trisomía 21. Procederá de la misma manera
con la diferencia sexual, afirmando que el matrimonio confirma la
institución conyugal entre un hombre y una mujer, y creando
simultáneamente un contrato de sociedad (forma de unión civil) en el
cual se atribuyen los mismos derechos que en el matrimonio, excepto la
filiación en algunos países. En numerosos Estados, se aprueban leyes de
excepción que procuran esquivar el edificio legislativo en relación con
la familia para así permitir a personas homosexuales adoptar niños.
Los medios de difusión y los militantes de las asociaciones
homosexuales se otorgan incluso la facultad de trivializar la
homosexualidad en numerosas series de televisión y en debates que evaden
la problemática psíquica que está en juego, y de incluso propagarla en
las escuelas. Una cosa es hacer un llamado a respetar a las personas y
otra es permitir el matrimonio y la filiación a personas del mismo sexo e
incluso imponer la homosexualidad entre los niños y los adolescentes
en el ámbito escolar. Los jóvenes se encuentran a menudo en períodos de
maduración afectiva y en el proceso de su identificación homosexuada
(que no es todavía la homosexualidad) para adquirir confianza en su
identidad. En vez de ayudarlos a encaminarse hacia la heterosexualidad,
se les presenta la homosexualidad como una alternativa, cosa que no es
así, lo cual les provoca una regresión, erotizando sus identificaciones
iniciales. La mayoría de los jóvenes sale de esas sesiones ocultando sus
sentimientos de rebeldía al ser manipulados de ese modo, ya que saben
muy bien que los quieren llevar a un terreno que no representa una
verdadera realización afectiva. A los medios de difusión y a los
militantes de esta causa se les percibe como personas que desean
justificar a cualquier precio una situación cuya base es problemática.
Para los niños y los adolescentes, una pareja y una familia son un
hombre y una mujer. El resto es un engaño social y un asunto de
conveniencia ajeno al matrimonio y el parentesco. Bajo pretexto de lucha
contra “la homofobia”, la escuela se convierte así en objeto de
influjos ideológicos, lo cual es una excusa para imponer una
peculiaridad y despojar a los padres de su educación.
La homosexualidad no puede convertirse en principio educativo, ya que
está al margen de la norma de lo que constituye una pareja y una
familia. Los niños y los adolescentes ya tienen dificultades para
representarse lo que puede ser la vida sexual entre un hombre y una
mujer, y la situación se complica aún más cuando se trata de dos
personas del mismo sexo. Por lo demás, los niños perciben claramente que
hay una incoherencia entre el hecho de ser padres y la manera de
ejercer su sexualidad. En otras palabras, la adopción de los niños exige
un criterio de sexualidad para que su vida sea confiada a adultos que
están en la misma situación que para concebir un hijo entre un hombre y
una mujer. Por este motivo, la escuela debe sobre todo considerar la
preeminencia del sentido de la pareja y la familia constituidas por un
hombre y una mujer.
Opinión Sheila:
Yo pienso que dos personas que estan casadas del mismo sexo pueden adoptar a un niño perfectamente. Mientras que el niño este bien cuidado y no le falte nada no importa de que sexo sean sus padre, lo que importa es que el niño este bien mirado.
Opinión Ana:
Mi opinión es que si un niño está pasándolo mal con sus padres biológicos porque no puede recibir educación y no tiene comida para comer, es mejor que vivan con otra familia que le pueda cubrir todas sus necesidades. Aunque no sólo hay adopciones de matrimonios homosexuales, también hay de matrimonios que por la enfermedad que sea la mujer no puede tener hijos y ellos quieren tener un bebé, pues lo adoptan y lo cuidan como si fuera de su propia sangre.